Ministerio del Deporte — Ecuador (Decreto 487/2024, IRU 15% desde jul-2024) — Ecuador

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Ecuador: Ecuador prohibió el juego online en 2011 y vive en una situación contradictoria: la prohibición existe pero no se aplica efectivamente. Actualmente los operadores de iGaming que atienden al mercado de Ecuador utilizan principalmente licencias offshore de Curaçao, Panamá u otras jurisdicciones internacionales.
El Ministerio del Deporte de Ecuador es la autoridad regulatoria y de licenciamiento para el sector del juego en el país, con base legal en la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socioeconómico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización (LOPD). El Decreto Ejecutivo N° 487 emitido por el presidente Daniel Noboa activó el marco regulatorio operativo para el juego online bajo esta estructura. El proceso de licenciamiento ante el Ministerio del Deporte requiere registro formal de la plataforma, constitución legal en Ecuador o registro de sucursal, domicilio fiscal activo, designación de representante legal con residencia en el país, plataforma tecnológica certificada, sistema de control de identidad de usuarios, mecanismos de juego responsable y cumplimiento de los requisitos AML supervisados por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Las licencias tienen vigencia de 5 años. El capital mínimo exigido para la habilitación es de 655 SBU (Salario Básico Unificado), equivalente a aproximadamente 307.850 USD. A diciembre de 2023 había 65 plataformas registradas ante el Servicio de Rentas Internas como operadores de juego digital en Ecuador. Destaca la presencia de LigaPro Bet593, la plataforma oficial de apuestas deportivas de la Liga Pro, la primera división del fútbol ecuatoriano, que opera bajo el marco regulatorio. Desde el 1 de julio de 2024 aplica el Impuesto a los Réditos del Uso (IRU) al 15% sobre las ganancias netas obtenidas por jugadores en casinos físicos y plataformas digitales. Este impuesto representa un cambio estructural respecto al régimen anterior. Los operadores son responsables de la retención y remisión del impuesto al SRI. Adicionalmente los operadores pagan tributos corporativos sobre sus ingresos brutos conforme a la legislación fiscal general. Los operadores registrados deben implementar programas de juego responsable que incluyan autoexclusión voluntaria, límites de depósito y tiempo de sesión. Ecuador tiene aproximadamente 18 millones de habitantes con alta penetración de smartphones, lo que hace del mercado digital un segmento con potencial de crecimiento significativo. Para información fiscal el portal oficial es sri.gob.ec. Para el proceso de registro regulatorio ante el Ministerio del Deporte: deportes.gob.ec.
Ministerio del Deporte — Ecuador (Decreto 487/2024, IRU 15% desde jul-2024) - Ficha Técnica
Fundación2000
SedeEcuador
PaísEcuador
CiudadCapital de Ecuador
LicenciasZona gris / Offshore
ProductosAnálisis Regulatorio Ecuador, Licencias Offshore para Ecuador, Marco Legal iGaming Ecuador
Webhttps://www.google.com/search?q=Ecuador+regulacion+juego+online