El Supremo de Brasil suspende el análisis sobre los juegos de azar

El Supremo de Brasil suspende el análisis sobre los juegos de azar

El Supremo Tribunal Federal de Brasil suspendió el análisis sobre la constitucionalidad de la prohibición de los juegos de azar presenciales luego de que el ministro Flávio Dino solicitara una revisión del expediente para profundizar el estudio del caso y de sus posibles efectos sobre el mercado regulado de apuestas online. El proceso corresponde al Recurso Extraordinario 966.177, registrado bajo el Tema 924 de repercusión general, y discute si el artículo 50 de la Ley de Contravenciones Penales, que criminaliza la explotación de casinos, bingos, máquinas tragamonedas y otros juegos de azar físicos, sigue siendo compatible con la Constitución Federal de 1988. La decisión tendrá alcance nacional y servirá como referencia para al menos 2.728 procesos judiciales suspendidos a la espera de una definición del máximo tribunal.

El pedido de vista de Dino se produjo después de que el relator del caso, el ministro Luiz Fux, concluyera su voto en defensa de la vigencia de la norma que mantiene la prohibición. Según Fux, la legislación de 1941 fue incorporada por la Constitución de 1988 y la criminalización de la explotación de juegos de azar continúa siendo válida, en un argumento en el que sostuvo que el Estado debe proteger a la población frente a los riesgos asociados al juego y señaló que estas actividades pueden vincularse con estructuras criminales, lavado de dinero y otros delitos. El magistrado planteó que el juego obtiene su beneficio de la dificultad de las personas para evaluar los riesgos y describió una estructura seductora que puede llevar a los jugadores a insistir incluso tras sufrir pérdidas.

El pedido de Dino estuvo motivado principalmente por la necesidad de definir cómo impactaría una eventual decisión sobre los juegos de azar tradicionales en el marco regulatorio creado para las apuestas de cuota fija. El ministro cuestionó durante la sesión que, si el juego de azar se considera una contravención, debería aclararse por qué las apuestas deportivas quedarían fuera de esa categoría, y planteó que el tribunal debe establecer una interpretación coherente entre la prohibición de determinadas modalidades presenciales y la autorización federal otorgada a las apuestas deportivas y a los juegos online mediante la ley de 2023.

Aunque el proceso genera expectativa entre operadores y legisladores interesados en la expansión del sector, una eventual decisión favorable a la inconstitucionalidad de la norma no implicaría de forma automática la apertura de casinos o bingos en Brasil, ya que el tribunal solo deberá determinar si el artículo 50 puede seguir aplicándose bajo la Constitución vigente. En caso de que los ministros concluyan que la norma dejó de tener validez constitucional, las actividades hoy prohibidas dejarían de ser una contravención penal, aunque la creación de un marco para su explotación comercial seguiría dependiendo del Congreso Nacional. La discusión se cruza además con el avance del proyecto de ley 2.234/2022, que propone autorizar y regular casinos, bingos, juego del bicho y otras modalidades. Tras el pedido de vista, el análisis quedó suspendido y será retomado más adelante, y Dino adelantó que reformulará su posición para incorporar los elementos vinculados con la regulación de las apuestas online.

Etiquetas: Supremo Tribunal Federal, Recurso Extraordinario 966.177, Flávio Dino, Luiz Fux