ODECU detecta siete casos de apuestas promovidas por clubes chilenos

La Organización de Consumidores y Usuarios de Chile relevó siete casos en que plataformas de apuestas online aparecieron promocionadas por clubes de Primera División y puso el foco donde habitualmente no se mira, en la responsabilidad de la institución deportiva que presta su canal. El informe sostiene que el club no es un cartel neutro cuando incorpora una marca a su sitio, difunde mensajes propios del operador, lo presenta como patrocinador o lleva al hincha hasta una página de registro, y todo eso ocurre mientras la regulación del juego online chileno sigue trabada en el Congreso.
El trabajo documentó marcas de apuestas en espacios de patrocinio, en camisetas y en sitios oficiales, con 34 respaldos, 18 imágenes originales y seis recorridos digitales. En varios de esos recorridos el enlace no terminaba en una página institucional sino en un formulario de alta, con promociones e incentivos dirigidos a usuarios en Chile. En uno de los casos, el del operador Royal, el formulario pedía nombre y apellido, teléfono y correo electrónico, y aparecían ofertas en pesos chilenos y bonos por registrarse.
El hallazgo central es una ausencia. En lo que el relevamiento capturó de los sitios y de los soportes de cada club no figuraban, como regla general, el aviso de edad mínima ni ninguna advertencia sobre adicción al juego junto a las promociones. Algunas plataformas de destino sí incluían la referencia a los 18 años y Royal además mostraba un aviso expreso sobre la posibilidad de desarrollar adicción. La organización remarca por qué importa esa asimetría, una persona puede quedar expuesta a la publicidad que difunde el club sin llegar nunca a entrar a la plataforma donde está el aviso.
El informe también registró afirmaciones que, según plantea, alguien debería poder acreditar. De Cobresal salió la expresión el casino online más seguro, y O'Higgins publicó un texto donde los juegos quedaban descritos como seguros y responsables, dos frases que atribuyen una cualidad verificable a un servicio cuya habilitación local está en discusión. Stefan Larenas Riobó, presidente de la organización, sostuvo: Los clubes no pueden desentenderse de lo que promocionan frente a sus hinchas y consumidores. El dirigente agregó una definición sobre el alcance del aviso de edad, el aviso 18+ por sí solo no informa sobre los riesgos asociados al juego, y ubicó el deber de protección en el momento de la publicidad y no después del registro.
El otro eje es jurídico y apunta a la diligencia previa. La organización señala que una licencia extranjera, o el trámite de solicitud de una, como las que observó, no alcanza por sí misma para acreditar autorización de explotar juego online en Chile, de modo que plantea determinar qué antecedentes revisó cada club antes de aceptar el patrocinio, aprobar la campaña o facilitar el enlace. La responsabilidad, agrega, tendría que graduarse según lo que concretamente hizo cada institución, desde incorporar la marca a sus soportes hasta difundir mensajes propios o habilitar el acceso directo. La propuesta final son reglas propias que alcancen a la publicidad de apuestas en las campañas digitales, en las transmisiones, en los estadios y en las camisetas, con atención a los espacios donde haya niños y adolescentes, avisos claros sobre pérdida de dinero y riesgo de adicción, y el corte de esta publicidad en productos para menores, en actividades infantiles y en escuelas de fútbol, una línea que el ministro de Deporte Francisco Riveros también viene impulsando.
El informe se mete en el hueco que dejó el Congreso y eso es lo más relevante del planteo. Chile no tiene todavía régimen de licencias para el juego online, por lo que la discusión sobre publicidad no puede resolverse con el manual habitual, que consiste en exigirle al operador licenciado un formato de aviso. Sin licencias que condicionar, el único actor con domicilio legal en el país y con algo que perder es el club, y hacia ahí apunta la organización. Es la misma lógica que explica por qué la autoridad de telecomunicaciones terminó ordenando bloqueos de dominios, cuando lo que falta es la norma de fondo se interviene sobre los intermediarios que sí están al alcance de la ley chilena.
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