Coljuegos sostiene el nuevo RIC y rechaza los pedidos del sector

Coljuegos sostiene el nuevo RIC y rechaza los pedidos del sector

Coljuegos fijó su posición frente a las observaciones recibidas durante el proceso de participación sobre el proyecto que modifica la regulación del Registro Único de Importadores y Comercializadores de máquinas electrónicas tragamonedas y elementos de juego, con una respuesta que mantuvo la estructura central de la propuesta y rechazó buena parte de los pedidos del sector. Uno de los principales puntos de discusión fue la posibilidad de establecer controles antes de que las máquinas ingresen al territorio colombiano, ya que frente al pedido de incorporar un preregistro obligatorio para cada operación de importación el regulador lo declaró improcedente, al sostener que el objetivo es avanzar hacia una autorización general del registro, con controles posteriores y obligaciones de reporte, mientras que un mecanismo previo para cada operación lo convertiría en una licencia previa.

La entidad también sostuvo que no tiene potestades aduaneras, ya que el control inicial del ingreso de mercancías corresponde a la autoridad tributaria y aduanera, con la que mantiene intercambio de información para verificar las máquinas y elementos nacionalizados, de modo de sostener el control sobre la trazabilidad sin asumir competencias del régimen de comercio exterior. Con ese mismo criterio rechazó los pedidos de exigir, antes de la importación, el reconocimiento de fabricantes y marcas, homologaciones, certificaciones específicas para máquinas usadas o reacondicionadas y controles ambientales, al considerar que ese conjunto de requisitos previos desnaturalizaría el registro. Tampoco prosperó la propuesta de someter software, firmware y otros componentes lógicos a las mismas obligaciones de reporte que las partes físicas, ya que el regulador argumentó que estos elementos tienen una naturaleza dinámica, pueden actualizarse o activarse de manera remota y deben controlarse mediante los mecanismos de certificación y el sistema de conexión en línea.

Donde sí hubo modificaciones relevantes fue en el régimen sancionatorio, en el que Coljuegos aceptó observaciones destinadas a reducir la tolerancia frente a la reincidencia y a limitar los efectos de la subsanación voluntaria. La nueva redacción establece que la cancelación de la autorización podrá producirse cuando el titular reincida en el cumplimiento tardío en más de dos ocasiones durante la vigencia de la autorización, y condiciona la posibilidad de abstenerse de sancionar o aplicar una amonestación ante una primera infracción a que no se haya perdido la trazabilidad del reporte. El regulador también eliminó un inciso que otorgaba margen para graduar las sanciones según criterios como la gravedad, la intención, la buena fe o el impacto sobre las rentas del sector salud, con lo que optó por un esquema más objetivo, con una suspensión de tres meses para determinados incumplimientos tardíos y la cancelación de la autorización ante omisiones o reincidencias en los supuestos previstos.

En materia de trazabilidad, Coljuegos aceptó que el deber de reporte no podía limitarse a las ventas cuando el proyecto contempla otras formas de disposición o tenencia de las máquinas, por lo que ajustó el articulado para incluir arrendamientos, comodatos, leasing, renting y otras modalidades, con un plazo de diez días hábiles para informar esas operaciones, y corrigió aspectos procedimentales con la incorporación de una etapa probatoria de hasta diez días hábiles. En cambio, defendió el requisito de capacidad financiera para acceder al registro, al considerar suficiente la certificación del patrimonio bruto mínimo avalada por contador público o revisor fiscal y rechazar la incorporación de indicadores adicionales por implicar cargas administrativas desproporcionadas. Finalmente, varias observaciones presentadas por Sora Lawyers fueron calificadas como extemporáneas por haberse radicado el 5 de agosto, un día después del cierre del período de participación, por lo que no recibieron un pronunciamiento de fondo, en un escenario en el que la estructura central del nuevo registro permanece prácticamente intacta y los principales ajustes se concentran en la forma de reportar las operaciones y en un régimen sancionatorio más objetivo.

Etiquetas: Coljuegos, Registro Único de Importadores y Comercializadores, máquinas electrónicas tragamonedas, régimen sancionatorio