España reabre la consulta por su modelo para detectar juego de riesgo

España XGBoost

El regulador español va a entrenar un modelo de aprendizaje automático para decidir qué jugadores están en riesgo, y los operadores van a estar obligados a usarlo. La Dirección General de Ordenación del Juego abrió el 13 de octubre otra instancia pública de participación sobre la resolución en proyecto que crea ese mecanismo, común para todos y de uso obligatorio, con plazo para observaciones hasta el 22 de octubre, y el objetivo de recoger aportes sobre los cambios que se le incorporaron a la propuesta original.

El proyecto ya había pasado por consulta y volvió por una intervención externa. Estuvo abierto a información pública a lo largo de agosto y de septiembre de 2025, pero la DGOJ volvió a abrirlo después del informe que la Agencia Española de Protección de Datos emitió el 15 de junio de 2026, con observaciones que obligaron a redibujar hasta dónde llega el uso de los datos personales y qué garantías le quedan al usuario. El organismo aclara que las modificaciones no tocan para qué sirve el mecanismo ni sus piezas esenciales, pero endurecen las condiciones con que se aplica. El marco general es el Real Decreto 176/2023, que le encomienda al regulador construir la herramienta de detección.

El capítulo de datos es donde se concentran los cambios. Se agregó un estudio de impacto sobre protección de datos que repasa qué operaciones hacen falta, qué riesgos traen y qué garantías se previeron, y cada operador tendrá que dejar documentado cómo lo implementa en su caso y analizar aparte cualquier tratamiento que agregue. La propuesta refuerza además la minimización con una lista cerrada de información tomada de la actividad en las plataformas, de la que quedan excluidos los datos clínicos, los cuestionarios, las comunicaciones personales y toda fuente externa que el fin regulatorio no haga necesaria.

Hay una prohibición expresa que conviene leer con atención. Ni la información que entra al modelo, ni las variables que de ella se calculan, ni la categoría que al final le queda asignada a cada jugador podrán usarse después con fines comerciales, promocionales, publicitarios, de segmentación, rentabilidad, solvencia o riesgo comercial. El operador tiene que mantener ese tratamiento separado, en lo funcional y en lo lógico, del resto de sus procesos internos, y dejar el acceso solo en manos de quienes están habilitados a aplicar el juego seguro.

El modelo tiene nombre y periodicidad. Se trata de un sistema estadístico que la DGOJ entrena con aprendizaje automático, el XGBoost, y que mira lo que hizo cada cuenta de juego durante 183 días, con una corrida en la primera semana de cada mes. La categoría que arroje habilita las medidas de protección que la normativa ya tiene previstas, entre ellas contactos específicos con el usuario, un corte a lo comercial y a lo promocional que se le manda, la salida de los programas de atención privilegiada y ciertos límites sobre los medios de pago. La resolución aclara que la clasificación responde a un fin regulatorio y que no equivale a un diagnóstico clínico.

El jugador categorizado tiene derecho a discutirlo. La nueva versión amplía la información que hay que darle y le reconoce la posibilidad de pedirle al operador que revise qué datos usó, cómo calculó cada variable, cómo corrió el mecanismo y qué medidas le aplicó, con la obligación de corregir todo error que aparezca y de dejar sin efecto la categorización cuando corresponda. Hecha esa revisión puede reclamar ante la DGOJ, sin que eso afecte los derechos que ya le reconoce la normativa de protección de datos. El organismo, por su parte, va a evaluar de manera periódica cómo funciona el mecanismo, si resulta eficaz, si se aplica igual en todas partes y si aparecen errores relevantes o repetidos, con la posibilidad de cambiar variables, reglas, parámetros o umbrales.

El trámite todavía tiene recorrido por delante. Las observaciones se envían por correo electrónico a la Subdirección General de Regulación del Juego, la documentación completa está publicada en el sitio de la DGOJ, y la resolución regirá dos meses después de aparecer en el Boletín Oficial del Estado, de modo que su aplicación obligatoria depende de la aprobación definitiva.

Lo que está en juego acá es un cambio de modelo regulatorio, no una herramienta más. Un Estado que entrena un algoritmo, lo opera mensualmente sobre las cuentas de todos los operadores y les impone usar su resultado está haciendo algo distinto de fijar reglas y auditar su cumplimiento, porque pasa a ejercer la función de clasificación que hasta ahora cada empresa hacía con sus propios criterios. De ahí la intervención de la AEPD y de ahí que la cláusula más importante del texto sea la que prohíbe el uso comercial, porque las variables que sirven para detectar a un jugador en riesgo son casi exactamente las que un CRM usa para identificar a un jugador valioso, y sin esa separación el mecanismo le entregaría a cada operador un sistema de segmentación financiado por el regulador. Es además el cuarto movimiento de la DGOJ en una semana, después del convenio con Red.es, de las tres advertencias con cifras de pérdida y de la verificación de titularidad de los medios de pago.

Etiquetas: DGOJ, XGBoost, detección de juego de riesgo, AEPD