Los operadores argentinos piden que la ley apunte al canal ilegal

En la misma cámara conviven dos proyectos que apuntan en direcciones contrarias, y de cuál avance depende sobre quién caiga el peso de la regulación. El Senado argentino tiene pendiente la media sanción que llegó de Diputados, pensada para subir el estándar exigido a todo el padrón de operadores, y también la propuesta del Gobierno, todavía sin discutir, que concentra su artillería en las plataformas que funcionan sin autorización.
Los representantes del sector eligieron el segundo camino y lo dijeron sin vueltas. En declaraciones recogidas por El Cronista, señalaron que el principal cuestionamiento a la media sanción es que "las restricciones podrían recaer sobre las plataformas autorizadas, mientras que los operadores ilegales continuarían funcionando por fuera de los controles", y remarcaron que las nuevas exigencias "podrían limitar a los operadores regulados sin resolver, por sí solas, la competencia de las plataformas clandestinas". Desde el bloque oficialista coincidieron en la necesidad de evitar una norma que alcance a los actores formales.
El texto del Ejecutivo está construido sobre el derecho penal y no sobre el administrativo. Para quien monte u opere un sistema de apuestas sin autorización prevé de tres a seis años de cárcel, y de dos a cuatro para el que le aporte servicios digitales, publicitarios o financieros. Esa segunda franja es la decisión más relevante del proyecto: alcanza a procesadores de pago, agencias y proveedores tecnológicos, de modo que el riesgo penal se traslada a la cadena de la que depende cualquier plataforma clandestina para funcionar. El texto se completa con herramientas para caer sobre los dominios y para cortar el movimiento financiero de las plataformas sin habilitación.
La media sanción, en cambio, trabaja sobre la comunicación. Su artículo 8 veda que se promocione o patrocine el juego de azar, los pronósticos, la apuesta deportiva y la apuesta online, y mete en esa veda tanto los bonos de bienvenida como la intervención de influencers. El alcance es amplio: cubre redes sociales y plataformas, el universo de las tecnologías de información y comunicación, comunicación audiovisual, publicidad exterior, indumentaria deportiva y los carteles ubicados en la calle o en predios privados abiertos al público.
El dato que mejor describe el estado real del debate es el calendario. Esa iniciativa llegó al Senado en noviembre de 2024 y sigue sin ser debatida: en casi dos años la trató una sola de las cuatro comisiones que debían dictaminar. La propuesta del Gobierno, por su parte, tampoco se discutió. El resultado es que el país lleva veintitrés meses con un texto aprobado por una cámara, otro presentado por el Ejecutivo y ninguno de los dos en condiciones de convertirse en ley.
Hay una convergencia regional que conviene registrar, porque el argumento del sector argentino se está perdiendo esa batalla en otras jurisdicciones. El proyecto que el Ejecutivo chileno acaba de ingresar prohíbe la publicidad de las plataformas tengan o no licencia y veta todo bono promocional, y la Legislatura bonaerense discute en paralelo límites a la publicidad y a los bonos dentro de su propio régimen integral. Es decir que la restricción sobre el canal autorizado, que es exactamente lo que los operadores argentinos piden evitar, avanza como estándar en los textos vecinos.
La media sanción sobre publicidad de apuestas online fue aprobada por la Cámara de Diputados de Argentina en noviembre de 2024 y permanece en el Senado, donde debe pasar por cuatro comisiones antes de llegar al recinto. El juego de azar en Argentina es competencia provincial, de modo que una ley nacional de este tipo opera sobre materias como la publicidad y el derecho penal, mientras la habilitación de operadores y la recaudación siguen en manos de los organismos de cada jurisdicción.
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