España cambia el aviso de juego responsable por tres advertencias

España va a reemplazar la invitación a jugar con responsabilidad por tres frases que dicen cuánto se pierde. Una resolución de la Dirección General de Ordenación del Juego, que funciona bajo el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, le exige a los operadores online que cambien ese mensaje por tres advertencias fijas. La primera, la ludopatía es un riesgo del juego. La segunda, la probabilidad de ser un jugador que pierde dinero es del 75%. Y la tercera, las pérdidas del total de jugadores superan en 4 veces sus ganancias. El plazo máximo para aplicarlo es de 60 días desde la publicación.
La advertencia sobre menores también queda estandarizada. Queda con una redacción única, solo para mayores de 18 años, sin margen para versiones propias. Los tres mensajes además deben ir acompañados de una referencia al sitio de juego seguro del regulador y, cuando el soporte lo permita, el jugador tiene que quedar redirigido a esa web al pulsar sobre el aviso.
En audiovisual la resolución baja a detalles de producción. El mensaje sobre la ludopatía debe leerse en voz alta, siempre al cierre del anuncio y con un mínimo de dos segundos. La advertencia sobre menores puede entrar en esa misma locución, con dos segundos de piso igualmente, o como banda gráfica al pie del aviso, caso en el que tiene que quedar visible durante toda la pieza y cubrir al menos el 15% del alto y el 100% del ancho.
La radio recibe una regla de frecuencia en lugar de una de duración. Los mensajes tienen que salir en una emisión comercial de cada dos sucesivas, como piso, siempre que se trate del mismo operador con el mismo prestador del servicio. La radio queda eximida, en la modalidad de concursos, de incluir el aviso sobre el daño que causa la ludopatía o sobre el comportamiento de riesgo.
Para los soportes presenciales la norma admite una salida por tamaño. Se muestra uno de los tres mensajes según la campaña y, cuando el soporte sea demasiado chico para que el texto se lea con facilidad, puede usarse la advertencia de que el juego es un riesgo. En los demás medios las tres frases deben rotar de forma alterna y tendencialmente equitativa a lo largo de cada campaña, sin privilegiar ninguna sobre las otras.
El tramo que más va a doler es el de las propias plataformas. Los sitios web y las aplicaciones de los operadores, y también los de sus afiliados, cuando lleven publicidad u ofertas promocionales, tendrán que mostrar los mensajes en un anuncio gráfico, en una ventana emergente o en un formato equivalente, centrado y con un tamaño que llegue como mínimo al 15% de lo que se ve en el dispositivo. Esos avisos tienen que quedar a la vista cinco segundos como mínimo, o bien hasta que el usuario decida cerrarlos, y las webs y apps de los operadores deben exhibirlos de manera permanente. La exigencia no llega al entorno de juego del propio operador. En cuanto a los contratos publicitarios firmados antes de la publicación, pueden seguir ejecutándose tres meses más sin adaptarse.
Quien firmó la resolución, el 18 de septiembre, fue Mikel Arana, al frente de la Dirección General de Ordenación del Juego, y el texto baja a reglamento el Real Decreto 958/2020, la norma que ordena las comunicaciones comerciales del juego.
El cambio de fondo no está en el formato sino en qué dice el mensaje. Pedirle al jugador que juegue con responsabilidad traslada la carga a su conducta; informarle que tres de cada cuatro jugadores pierden dinero describe el producto. Son dos cifras que salen de los datos del propio regulador y que el operador queda obligado a publicar aunque argumenten contra lo que vende. El otro punto fino es la inclusión expresa de los afiliados, que son los que sostienen las webs de comparación y de bonos, de modo que la obligación sale del dominio del operador y entra en el canal que le trae el tráfico. Es además el segundo movimiento de la DGOJ en pocos días, después del convenio con Red.es para rastrear dominios .es vinculados al juego, dos medidas que apuntan al mismo sitio por vías distintas, lo que se ve y quién lo publica.
Etiquetas: DGOJ, publicidad de juego en España, prevención de la ludopatía, Real Decreto 958/2020