España obligará a verificar de quién es la tarjeta con la que se juega

En España ya no va a alcanzar con tener una cuenta de juego a nombre propio, también tendrá que estar a nombre propio la tarjeta con la que se carga. El Real Decreto 813/2026 salió el 8 de octubre en el Boletín Oficial del Estado y le exige al operador de juego online verificar que quien figura como titular del medio de pago con que se deposita y se retira sea la misma persona que abrió la cuenta, y lo hace sobre el artículo 21 del Reglamento de la Ley 10/2010, que había aprobado el Real Decreto 304/2014.
El encuadre de la medida no es de juego responsable sino de blanqueo. El texto oficial explica que el objetivo es endurecer la identificación cuando el cliente no está presente y corregir efectos que la regulación anterior produjo sin buscarlos, dentro de una revisión más amplia del régimen que previene el blanqueo y la financiación del terrorismo.
Los plazos corren en dos tiempos. La norma rige desde el 28 de octubre, a los veinte días de publicada, y para quien ya tenía cuenta abierta en una plataforma antes de esa fecha la disposición transitoria primera abre una ventana de seis meses para hacer los cambios que permitan verificar la titularidad. Los operadores tienen el mismo medio año para ajustar sus sistemas técnicos de juego.
Durante esa transición el jugador puede seguir operando, aunque no del todo. Podrá seguir cargando con cualquier medio de pago que ya figurara en su cuenta y participar de los juegos que ofrezca el operador, pero no podrá retirar los premios que gane mientras la comprobación de titularidad siga pendiente.
Si el plazo se agota sin verificación, la relación se termina. El operador deberá resolver el contrato de forma unilateral, poner el caso en conocimiento de la Dirección General de Ordenación del Juego y devolver los saldos existentes, con los premios que hayan quedado sin pagar durante el período de adaptación incluidos, todo sin perjuicio de las obligaciones que impone el régimen antiblanqueo.
La parte más efectiva de la norma es dónde pone el costo del incumplimiento. Al bloquear el retiro de premios hasta que la titularidad quede acreditada, la medida se hace cumplir por fricción y no por inspección, porque el que tiene que resolver el trámite es el jugador que quiere cobrar y no el regulador que tendría que auditar cuenta por cuenta. El efecto práctico es que queda cerrada la vía de los medios de pago de terceros, que es por donde suelen entrar el juego de menores con la tarjeta de un adulto y el abuso de bonos con cuentas múltiples. Es además el tercer movimiento del regulador español en una semana, después del convenio con Red.es para rastrear dominios .es y de la resolución que reemplaza el aviso de juego responsable por tres advertencias con cifras de pérdida, tres frentes distintos que apuntan al mismo lugar.
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