Brasil prohibió el juego online sin estudios de impacto previos

El Ministerio de Hacienda de Brasil contestó que no encontró ningún estudio dedicado a medir qué efectos económicos, fiscales, regulatorios o sociales tendría prohibir el juego online, en forma total o parcial. La respuesta lleva fecha del 24 de septiembre, un día antes de que Luiz Inácio Lula da Silva firmara la Medida Provisoria 1.394/2026 que cerró el mercado.
El pedido que la originó se había presentado el 20 de septiembre, cinco días antes de la firma, y era amplio: preguntaba si el Gobierno había encargado o producido evaluaciones económicas y regulatorias, informes jurídicos, notas técnicas o estudios acerca de lo que iba a ocurrir si se prohibían la publicidad, los casinos online y las apuestas de cuota fija. Hacienda agregó una precisión de competencia: la Secretaría de Premios y Apuestas se movía dentro del marco legal vigente y su trabajo consistía en autorizar, regular, supervisar y fiscalizar el mercado habilitado, sin ninguna atribución para producir evaluaciones generales y a futuro sobre una prohibición eventual.
Otras tres solicitudes, con la misma fecha del 20 de septiembre, llevaron la búsqueda a organismos adicionales. Desde el Ministerio de Planificación y Presupuesto contestaron que nunca evaluaron cambios en la política pública de apuestas ni el estado del sector, en un período que va del 1 de enero de 2025 hasta la fecha de su respuesta, en octubre de 2026. El Centro de Estudios Tributarios y Aduaneros de la Receita Federal contestó el 29 de septiembre, cuatro días después de publicada la MP, que sobre este asunto solo tenía dos notas técnicas, ambas redactadas antes de la prohibición, y no sumó ninguna estimación nueva sobre lo que el Estado iba a dejar de cobrar.
La respuesta de la Casa Civil es la que más llama la atención por su papel institucional. El organismo que coordina la elaboración de las medidas provisorias listó reuniones y papeles administrativos, sin ninguna evaluación previa sobre lo que la prohibición iba a provocar, y esquivó la pregunta directa de si había pedido, recibido o leído estudios de otras dependencias.
Sumadas, las cuatro respuestas cubren las funciones que tendrían que haber producido el expediente técnico. Hacienda es el área fiscal, Planificación es la presupuestaria, la Receita Federal es la recaudadora y la Casa Civil es la que ensambla el texto. Ninguna de las cuatro pudo mostrar una evaluación integral de los efectos de una decisión que extingue autorizaciones vigentes y cierra un mercado reglamentado por la Ley 14.790/2023.
A ese vacío se le agregó una decisión en sentido contrario, la de restringir lo que sí existe. Los papeles que el Ministerio de Justicia usó para redactar la MP 1.394/2026 quedaron sellados por cinco años. JOTA reveló en una investigación que la clasificación se formalizó el 24 de septiembre, un día antes de la firma, y la firmó Victor Oliveira Fernandes, secretario de Derechos Digitales del ministerio, una vez que ese medio reclamó los documentos amparándose en la Ley de Acceso a la Información. Con ese plazo, el expediente no se abre hasta septiembre de 2031.
Los fundamentos que invocó el funcionario son de máxima gravedad. Sostuvo que hacer público el material podía poner en riesgo la salud, la seguridad o la vida de la población, y que además amenazaba con un riesgo elevado sobre la estabilidad monetaria, económica o financiera del país.
Ahí aparece una tensión difícil de sostener en el mismo expediente. El Gobierno afirma por un lado que no cuenta con estudios sobre los efectos económicos de la medida y por otro que revelar la documentación pondría en riesgo la estabilidad económica del país. Las dos cosas pueden ser ciertas en términos formales, porque hablan de documentos distintos, pero juntas dejan al Estado sin un análisis público que explique por qué cerrar el mercado era la opción correcta.
La Casa Civil también cerró su propia puerta. El 29 de octubre le negó a BBC News Brasil el acceso a los estudios, los informes y los dictámenes que respaldaron la decisión presidencial, y se amparó en el secreto profesional entre abogado y cliente que contempla el Estatuto de la Abogacía. Según su explicación, esa norma protege lo que redactan la Abogacía General de la Unión y los abogados de la Presidencia, y aplicó el mismo criterio a todo el resto del expediente administrativo con el argumento de que esos papeles habían pasado por su área jurídica. Especialistas en transparencia objetaron la lectura porque, llevada al extremo, deja fuera del alcance público y sin plazo cierto información que es de interés general.
El punto que convierte todo esto en un problema jurídico y no solo político es el frente judicial ya abierto. Los argumentos que vienen funcionando contra la prohibición son la confianza legítima, la razonabilidad y la proporcionalidad, y los tres se discuten contra un expediente técnico. Un tribunal regional federal ya devolvió la licencia a una operadora por esa vía y el ministro Luiz Fux encuadró la audiencia pública del Supremo en términos parecidos. La ausencia de un estudio de impacto documentado le quita al Estado el material con el que normalmente defiende que la medida era necesaria y adecuada.
En el medio hay una cifra concreta esperando destino. Las empresas pagaron R$2.500 millones por las licencias para operar, unos US$450 millones a la paridad que acompaña al dato, cercana a 5,56 reales por dólar. A razón de R$30 millones por autorización, ese total corresponde a unas 83 habilitaciones, y equivale al 22,5 por ciento de los R$11.120 millones que el sector aportó en tributos entre enero y septiembre de este año. Compañías y asociaciones ya anticiparon que podrían ir a la Justicia a reclamar la devolución, porque la interrupción de las autorizaciones cambió las condiciones sobre las que invirtieron.
Las asociaciones empresariales agregan a esa lista la expansión del mercado ilegal, la caída de la recaudación y el impacto sobre los puestos de trabajo y sobre los compromisos comerciales ya firmados. Por ahora, lo que las respuestas oficiales no permiten saber es qué evaluaciones se hicieron antes de decidir, qué organismos participaron del análisis y si alguna área técnica advirtió sobre consecuencias negativas.
La Ley de Acceso a la Información es la norma brasileña que obliga a los organismos públicos a entregar información solicitada por cualquier persona, con excepciones clasificadas por plazos. La Ley 14.790/2023 fue la que reglamentó las apuestas de cuota fija en Brasil y creó el régimen de autorizaciones que la medida provisoria interrumpió. La Casa Civil es el órgano de la Presidencia encargado de coordinar la acción de gobierno y la elaboración de las normas que firma el presidente.
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